RECIENTE SENTENCIA SOBRE DISCRIMINACIÓN SALARIAL

En el día de hoy, traemos una sentencia del Tribunal Superior de Canarias, en el cual se confirma íntegramente la condena a un Fundación por vulneración de Derechos fundamentales sobre discriminación por razón de sexo en materia retributiva.

CONSULTA LA SENTENCIA AQUÍ: https://www.poderjudicial.es/search/indexAN.jsp

Los hechos a modo de resumen son los siguientes:

  1. La demandante investigadora, con antigüedad reconocida de 1 de diciembre de 2009; expone que, en la empresa demandada el el grupo de investigación permanente estaba integrado por la actora y otros tres investigadores, todos ellos hombres, y que mientras los investigadores de sexo masculino cobraban en nómina una cantidad mensual de 1.748,81 euros bajo el concepto «complemento de productividad» o «plus ad personam», a la demandante solo se le pagaban 1.029,77 euros mensuales como «complemento de productividad».
  2. La demandante consideraba que la diferencia en la retribución no estaba justificada en criterios objetivos ajenos a estereotipos de género, y constituía una discriminación por razón de sexo, estimando que se estaba vulnerando su derecho fundamental a no ser discriminada y que, como indemnización por los perjuicios ocasionados, se le debía abonar la diferencia entre el complemento de productividad que percibían sus compañeros varones y el que cobraba la actora, a razón de 719,04 euros mensuales
  3. La empresa por su parte oponiéndose al resto, alegó que no concurría ninguna discriminación salarial por razón de sexo, haciendo suyas las conclusiones que al respecto se contenían en el informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social unido a las actuaciones.
  4. En el Juzgado de lo social en Primera Instancia se FALLO: estimar y estimo la demanda presentada por Doña Eugenia, asistido por el letrado Don Alexis , frente a Fundación , asistido por el graduado social Doña María y, en consecuencia, declaro el derecho del trabajador demandante a cobrar 719,04 euros más al mes, condenando a la demandada a estar y pasar por esta declaración, y a abonar a la actora la cantidad de 27.323,52 euros, cantidad a la que le será de aplicación el interés por mora del 10%».

La sentencia fue recurrido ante el TSJ de Canarias que en el mismo sentido, confirmó la sentencia del Juzgado de lo social, del que destacamos los siguientes argumentos:

a) Si la Sala pudiera efectuar una nueva valoración global de la prueba, tendría que concluir que no es cierto que la cuantía del «complemento de productividad» dependa del número de proyectos cuya dirección se asume por cada investigador, o que sea simplemente la diferencia entre la cantidad disponible para retribuir al investigador en virtud de la subvención o financiación de cada proyecto, y las retribuciones básicas aplicables en la Fundación. La primera afirmación (que el complemento está vinculado al número de direcciones de proyectos) quedaría patentemente desmentida con la misma propuesta de revisión del hecho probado 4º que se dedujo por la recurrente, pues en esa propuesta consta que la demandante ha asumido la dirección de más proyectos que D. Alfonso (9 históricos y 2 actuales por la demandante, y 5 históricos y 1 actual por D. Alfonso), y sin embargo, mientras la demandante percibe 1.029,77 euros por «complemento de productividad», D. Alfonso cobra el mismo «complemento de productividad», 1.748,81 euros mensuales, que D. Argimiro, pese a que este último ha llevado 18 proyectos y actualmente tiene 6. Es obvio, por tanto, que la cuantía del citado complemento no guarda relación alguna con el número de direcciones de proyectos de investigación asumidas por cada investigador fijo.

b) Tampoco es cierto que con el citado «complemento de productividad» se esté pagando la diferencia entre el salario que se puede abonar al investigador con arreglo a la financiación de cada programa, y las retribuciones básicas. 

Por tanto no puede mas que : Desestimamos íntegramente el recurso de suplicación presentado por «Fundación Canaria de Investigación Sanitaria», frente a la Sentencia 246/2019, de 17 de junio, del Juzgado de lo Social nº. 4 de Santa Cruz de Tenerife en sus Autos de Tutela de derechos fundamentales 967/2018, sobre discriminación por razón de sexo en materia retributiva, la cual se confirma en todos sus extremos

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