NUEVAS MODALIDADES DE RECLAMACIONES ANTE EL TRABAJO A DISTANCIA

Con sus ventajas e inconvenientes, ya ha entrado en vigor el Real Decreto- Ley 28/2020, sobre trabajo a distancia, o lo que  ya conocemos con el nombre de “Teletrabajo”. Concretamente, establece qué se considera, como relación de trabajo a distancia, aquella que se preste en un periodo de referencia de tres meses, un mínimo del 30% de la jornada, o el porcentaje proporcional equivalente en función de la duración del contrato de trabajo. 

Además, viene a regular distintas situaciones que pueden derivarse de esta nueva modalidad de trabajo como por ejemplo: 

  • Se establece la Voluntariedad del trabajo a distancia . 
  • Acuerdo entre empleador y trabajador
  • Derecho a la formación del trabajador 
  • Obligación de proporción de medios a los trabajadores que se encuentran en esta modalidad de trabajo
  • Derecho al abono y compensación de gastos

Pero lo más importante… una vez el trabajador y el empleador acuerden esta modalidad de trabajo a distancia, ¿Cómo puedo reclamar o mostrar mi desacuerdo con las condiciones acordadas?

Este RD, en su Disposición final segunda ha introducido una modificación de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, incorporando el Artículo 138 bis sobre Tramitación en reclamaciones sobre acceso, reversión y modificación del trabajo a distancia; y en virtud del cual se establece el siguiente procedimiento: 

  1. Demanda ante el Juzgado de lo social: En un plazo de 20 días hábiles a partir de que la empresa comunique su negativa con la propuesta de la persona trabajadora. 
  2. Solicitud de informe por el Juzgado de lo Social, con carácter urgente a la inspección de trabajo y seguridad social, con remisión de copia de la demanda. 
  3. Carácter preferente y urgente de este procedimientos: Mediante celebración de vista, dentro de los 5 días siguientes al de la admisión de la demanda, con resolución mediante sentencia en el plazo de los siguientes 3 días. 

Como siempre, a la vista parece tratarse de  un procedimiento rápido y con ventajas para todas las partes… Pero esto es la teoría.

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